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Autopsia de un anuncio: la tienda con la contabilidad impecable y un requerimiento de Hacienda sin contar

«Cuentas al día, contabilidad impecable, tienda limpia y lista para traspasar». Es una frase habitual en anuncios de ecommerce. Y puede ser verdad. Lo que casi nunca dice es si hay algo pendiente con la administración que el comprador heredaría. Una contabilidad perfecta y una deuda por resolver conviven sin problema.

Hoy lo analizamos con un anuncio inventado, porque no identificamos tiendas ni vendedores. Las reglas y las tablas, en cambio, son reales: salen de nuestro baremo de valoración.

El anuncio

Una tienda online que revende producto de terceros sin exclusividad. Tres años abierta. El anuncio dice:

El BDV es el beneficio discrecional del vendedor; si el término no te suena, está explicado en qué es el BDV. Con él sale el múltiplo implícito: 175.000 ÷ 70.000 = 2,5×.

En nuestro baremo, producto de terceros sin exclusividad entra en Reventa / distribución: banda de 1,7 a 3,0×, base 2,35. Con 70.000 € de BDV, el ajuste por tamaño es cero. El anuncio pide 0,15× por encima de la base de su categoría.

Lo que el anuncio no cuenta

Imagina que, al pedir los papeles, aparece esto (todo inventado):

La frase «sin deudas» no es mentira: todavía no hay deuda. Pero hay una obligación posible que, si el comprador adquiere el negocio, pasa a ser un problema suyo. Y no se ve en las cuentas, porque las cuentas pueden estar perfectas.

Qué mide el factor 2.17

El factor 2.17 del baremo se llama Contingencias legales y fiscales conocidas. La métrica son las obligaciones probables o litigiosas que el comprador heredaría. La fuente es la declaración escrita del vendedor, y se acredita con certificados de estar al corriente, informes de sus asesores o provisiones contables.

Situación Ajuste al múltiplo
Sin contingencias conocidas, declarado por escrito y con certificados al corriente 0 (línea base)
Contingencia identificada, cuantificada y provisionada −0,15
Contingencia identificada y cuantificada, sin provisionar −0,4
Contingencia probable sin cuantificar, o procedimiento abierto Bloqueante hasta cuantificarla

Una aclaración del propio baremo: este factor no es el 2.9. El 2.9 mide si las cuentas cuadran; este mide una obligación que existe aunque la contabilidad sea impecable.

Un bloqueante no resta: suspende

Fíjate en la última fila. En nuestro baremo, un bloqueante no baja el precio: lo suspende. Mientras haya un procedimiento abierto sin cuantificar, no se emite valoración, no se firma encargo y no se sale al mercado. Es una de las comprobaciones de la puerta de admisión, la que va antes de valorar nada.

La razón es práctica. Un precio acordado con una contingencia sin medir es un precio que se pierde en la revisión del comprador. Preferimos que el vendedor lo sepa antes de listar, no después de haber perdido tres meses.

Lo que cuesta cuando se cuantifica

Supón que el vendedor, con su asesor, consigue ponerle cifra al asunto. Con el caso inventado, el factor 2.17 aislado y el resto en cero para no mezclar efectos:

Situación Múltiplo Precio
Base de la categoría, sin contingencias 2,35× 164.500 €
Contingencia cuantificada y provisionada (−0,15) 2,20× 154.000 €
Contingencia cuantificada, sin provisionar (−0,4) 1,95× 136.500 €

Entre la primera y la última fila hay 28.000 € con el mismo BDV (0,4 × 70.000 €). Son cifras de un ejemplo hipotético, no un precio de mercado. La tabla muestra solo el efecto sobre el múltiplo: el importe de la propia contingencia es otra conversación, y es del vendedor con su asesor.

Lo que sí enseña la tabla es el valor de provisionar. Que la contingencia esté medida y reflejada en las cuentas cuesta 0,15×. Que esté medida pero ignorada cuesta 0,4×.

Qué puede hacer un vendedor antes de listar

  1. Escribir todo lo pendiente, aunque parezca menor: requerimientos, reclamaciones, inspecciones, cartas de terceros.
  2. Pedir a tu asesor que lo cuantifique. Nosotros no damos asesoramiento fiscal ni legal; lo hace quien te lleva los papeles.
  3. Provisionarlo si procede, con criterio de tu asesor.
  4. Reunir los certificados de estar al corriente con la administración. Es la fila de la línea base.
  5. Declararlo por escrito antes de que el comprador lo pregunte. El comprador lo encontrará igualmente en la etapa documental, antes de transferir nada; mejor que lo lea en tu declaración. En qué documentos pide un comprador está la lista completa.

Una aclaración

Esto no es un precio ni una promesa de cuánto se pagará por una tienda real: el ejemplo es hipotético y el baremo es nuestra forma de calcular, no una cotización de mercado. Y no es asesoramiento fiscal ni jurídico: si tienes dudas sobre un asunto concreto, consúltalo con un profesional.

Si quieres ver en qué fila cae tu tienda en este factor y en los otros veinte, el simulador de valoración te da una primera aproximación.

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